
Para el año fiscal 2026, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) emitió la Resolución DDG-AR1-2026-00001, mediante la cual ajustó por inflación el valor máximo que puede tener una vivienda para ser calificada como de bajo costo y poder acogerse a los incentivos de la Ley 189-11 (Mercado Hipotecario y Fideicomiso).
Valor máximo para calificación como “Vivienda de Bajo Costo”: RD$ 5,450,851.12 (aproximadamente RD$ 5.45 millones) para el año 2026.
Este monto se aplica tanto para la calificación como bajo costo como para el valor exento del impuesto a la transferencia inmobiliaria (3 %) de quienes adquieren su primera vivienda mediante fideicomisos de este tipo.
Esto representa un incremento de unos RD$ 257,195.65 respecto al límite que regía en 2025 (RD$ 5,193,655.47), como consecuencia del ajuste por inflación.
¿Qué implica este ajuste?
Con el nuevo tope para 2026:
· Una mayor cantidad de viviendas califican legalmente como de bajo costo.
· Las familias que compren dentro de ese rango pueden acceder al Bono Vivienda, que ayuda a financiar el pago inicial o reducir el capital de sus préstamos.
· Se mantiene la exención del ITBIS en materiales para el desarrollo y del impuesto a la transferencia inmobiliaria para los adquirientes que califiquen.
· El ajuste busca mantener los beneficios fiscales actualizados frente al aumento de costos de construcción y la inflación.
